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MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ROSARIO

PROVINCIA DE SANTA FE

ORDENANZA Nº 8.012/2006

Concejo Municipal:

Vuestra Comisión de Gobierno y Cultura ha tomado en consideración el proyecto de Ordenanza de los concejales Colono y otros, mediante el cual propone que se designe con el nombre de "Paseo de la Diversidad " a espacio público que indica, conjuntamente con el expediente de adhesión al proyecto elevado por la Asociación Civil "Vox".

Los autores del proyecto han expresado los siguientes fundamentos: "VISTO: La Constitución Nacional, articulo 75 inciso 22. La Declaración Universal de Derechos Humanos. La Convención Americana sobre los Derechos del Hombre. La Ordenanza No 6321 que establece que en la ciudad de Rosario es un derecho ser diferente y no se admiten discriminaciones de ningún tipo. El Decreto Municipal No 27.298 y la Resolución aprobados el 30 de marzo del comente año que establecen la adhesión de la ciudad de Rosario y de la Comisión de Derechos Humanos del Concejo Municipal, al Plan Nacional contra la discriminación. El "2" Foro: Derechos Humanos y Construcción de Ciudadanías. Hacia una sociedad plural y respetuosa de las diferencias", que realizará la Comisión de Derechos Humanos, junto a su Consejo Asesor y la Oficina Municipal de Derechos Humanos, y

CONSIDERANDO: Que aún existe en nuestra sociedad una teoría dominante sobre la función reproductiva de la sexualidad, que no reconoce el papel fundamental de la misma en el desarrollo-humano a lo largo de toda la vida. Que hablar de diversidad sexual es, en primer lugar, una decisión política, ya que implica reconocer que existen múltiples orientaciones sexuales y que estas no son en si mismas alteraciones patológicas, sino expresiones igualmente valiosas de eso que llamamos sexualidad. Que en la medida que se respeten las diferencias se puede hablar de reconocimiento y defensa de los derechos humanos o de violación y desconocimiento de los mismos. Que negar o rechazar la diversidad, genera sociedades injustas que presas de la desigualdad condenan a ¡os grupos discriminados a vivir sus vidas ocultos y sin dignidad. Que el reconocimiento y aceptación de que existen diferentes formas de vivir y concebir la sexualidad implica hoy reconocer y aceptar, que éstas formas de ser en lo físico y en las conductas son algo respetable y digno. Que el concepto de diversidad sexual se asocia con otros conceptos de la modernidad como el de género sólo cuando podemos aceptar que somos diferentes y que al mismo tiempo tenemos equivalente valor social por nuestra humanidad, varones y mujeres podemos aspirar a la igualdad, ya sea de trato, posibilidades y oportunidades, que todas y todos necesitamos para alcanzar una vida plena. Que a lo largo de la historia, tanto el desarrollo de la propia sociedad, como las migraciones y las políticas de estado han provocado la transformación de sus costumbres, evidenciando que la sexualidad es una construcción cultural que crea géneros y roles/sexo genéricos, sujetos a transformación. Que a raíz de lo expuesto en el párrafo anterior, en nuestras sociedades operan diferentes formas de discriminación hacia colectivos particulares, las cuales muchas veces se expresan en violencia en sus diferentes formas. Que esa discriminación, basada en prejuicios e ignorancia, requiere acciones de parte del Estado en el sentido de visibilizar las diferencias para construir una sociedad plural y diversa. Que esas acciones, obligación irrenunciable del Estado, deben permitir a los ciudadanos apropiarse de las diferencias como forma de alcanzar una toma de conciencia por parte de la sociedad sobre la importancia del respeto hacia la diversidad en que vivimos. Que la ciudad de Rosario ha sido pionera en ese sentido y prueba de ello es, sin más, la Comisión de Derechos Humanos de este Concejo Municipal que junto al Consejo Asesor y la Oficina de Derechos Humanos dependiente de la Municipalidad de Rosario, vienen trabajando fuertemente en ese sentido. Que Rosario es una de las primeras ciudades en adherir al Plan Nacional contra la Discriminación, (Decreto del PEN No 1.086105) a través del Decreto Municipal 27.298 y una Resolución aprobados el 30 de marzo pasado y puede exhibir también legislación moderna en este sentido como es la Ordenanza No 6321 modificada en diciembre último, en la cual se establece que "En la ciudad de Rosario se reconoce y garantiza el derecho a ser diferente, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psico-física, social, económica o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo". Que una de las causas más recurrentes por las que opera la discriminación es la producida hacia personas de orientación sexual o identidad sexual diferente. Esto es a personas de la comunidad GLTTTBI (gay, lésbica, travesti, transexual, transgénero, bisexual, intersexual).Que la diversidad de orientaciones sexuales e identidades sexuales cuentan con un movimiento local organizado. Vox Asociación Civil es un referente nacional e internacional por la legislación promovida desde este Concejo Municipal y forma parte del Consejo Asesor de la Comisión de Derechos Humanos.

En tal sentido durante los años 2005 y 2006 se realizaron sendos Encuentros Nacionales y del Merco Sur de Organizaciones GLTTTBI, que han convocado a más de treinta organizaciones argentinas, paraguayas, uruguayas, brasileñas y chilenas para debatir sobre la temática específica. Que el 5" Encuentro de Organizaciones GLTTTBI, organizado por Vox, A.C. fue declarado de interés municipal por Decreto No 27.275 del 23 de marzo del presente año. Que el día Internacional del Orgullo Gay/Lésbico/Travesti (28 de junio) implica un acto de visibilidad importante y necesario para que la sociedad toda se haga eco de las diferentes problemáticas que vive en la actualidad la comunidad GLTTTBI y sus reivindicaciones hacia un trato igualitario con los mismos derechos civiles y sociales que la mayoría heterosexual. Que el 28 de junio de 1969, en Nueva York, la policía entra al pub Stonewal, frecuentado por público GLT, y en una redada con el pretexto de que el lugar no contaba con habilitación para la venta de alcohol, desató una gran movilización y situación de resistencia por parte de la diversidad GLT, dando así lugar a la organización de este Movimiento. Que Rosario en la actualidad es la única ciudad del país en la cual se conmemora el 28 de junio, el Día Internacional del Orgullo Gay/Lésbico/Travesti, fecha en que esto sucede en todo el mundo. Que algunas ciudades han optado por destinar espacios públicos para visibilizar la importancia y la vigencia que tiene hoy en día esa lucha en pos de los derechos humanos y la diversidad sexual. Es así como memoriales y monumentos han sido instaurados en la ciudad de San Francisco (Estados Unidos de Norteamérica), el Homomonument en la ciudad de Amstendarm (Holanda) y el proyectado memorial para los homosexuales perseguidos por el régimen nazi desde la década del treinta que Diputados alemanes han propuesto instaurar en la ciudad de Berlín (Alemania). Que el antecedente más cercano y reciente es la llamada "Plaza de la Diversidad Sexual" que fuera inaugurada el 2 de febrero de 2005 en la ciudad uruguaya de Montevideo. La Plaza de la Diversidad se ha convertido en el primer espacio público en Latinoamérica que rinde tributo al respeto a la diferencia y constituye un avance fundamental en la lucha por lo derechos de las minorías sexuales. Que en la actualidad la República Argentina no cuenta con un espacio de estas características. Que la asignación de un espacio para el reconocimiento y valorización de la diversidad sexual constituye un correlato lógico con la legislación local que consagra la igualdad de trato y oportunidades para todas y todos sus habitantes, y tiene su principio en el respeto a la libre determinación y a la construcción de una sociedad cada vez más inclusiva, justa, solidaria y plural establecido en Declaraciones, Convenciones y Tratados Internacionales incorporados a nuestra legislación con rango constitucional en la Reforma de 1994".

La Comisión ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo lº.-Desígnase con el nombre de "Paseo de la Diversidad" al Sector público ubicado junto a la zona de barrancas, frente al edificio de la Isla de los Inventos, calle Schifher de por medio, entre la calle Cortázar y la prolongación teórica de calle Paraguay.

Art. 2º.- El Departamento Ejecutivo dispondrá las mejoras necesarias a los efectos de destacar el Paseo designado en el artículo lo de la presente. Se encomienda colocar, en un lugar visible a determinar, un soporte para una placa.

Art. 3º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M.

Sala de Sesiones, 6 de julio de 2006.-