MUNICIPALIDAD DE
LA CIUDAD DE
ROSARIO
PROVINCIA DE SANTA
FE
ORDENANZA Nº
8.012/2006
Concejo
Municipal:
Vuestra
Comisión de Gobierno y Cultura ha tomado en consideración el proyecto de
Ordenanza de los concejales Colono y otros, mediante el cual propone que se
designe con el nombre de "Paseo de la Diversidad " a espacio público que indica,
conjuntamente con el expediente de adhesión al proyecto elevado por
la Asociación
Civil "Vox".
Los autores
del proyecto han expresado los siguientes fundamentos: "VISTO: La Constitución
Nacional, articulo 75 inciso 22. La Declaración Universal
de Derechos Humanos. La Convención Americana
sobre los Derechos del Hombre. La Ordenanza No 6321 que establece
que en la ciudad de Rosario
es un derecho ser diferente y no se admiten discriminaciones de
ningún tipo. El Decreto Municipal No 27.298 y la Resolución aprobados el 30 de
marzo del comente año que establecen la adhesión de la ciudad de Rosario y de la
Comisión de Derechos Humanos del Concejo Municipal, al Plan Nacional contra
la discriminación.
El "2" Foro: Derechos Humanos y Construcción de Ciudadanías.
Hacia una sociedad plural y respetuosa de las diferencias", que realizará la
Comisión de Derechos Humanos, junto a su Consejo Asesor y la Oficina Municipal
de Derechos Humanos, y
CONSIDERANDO: Que aún
existe en nuestra sociedad una teoría dominante sobre la función reproductiva de
la sexualidad, que no reconoce el papel fundamental de la misma en el
desarrollo-humano a lo largo de toda la vida. Que hablar de diversidad
sexual es, en primer lugar, una decisión política, ya que implica reconocer que
existen múltiples orientaciones sexuales y que estas no son en si mismas
alteraciones patológicas, sino expresiones igualmente valiosas de eso que
llamamos sexualidad. Que en la medida que se respeten las diferencias se puede
hablar de reconocimiento y defensa de los derechos humanos o de violación y
desconocimiento de los mismos. Que negar o rechazar la diversidad, genera
sociedades injustas que presas de la desigualdad condenan a ¡os grupos
discriminados a vivir sus vidas ocultos y sin dignidad. Que el reconocimiento y
aceptación de que existen diferentes formas de vivir y concebir la sexualidad
implica hoy reconocer y aceptar, que éstas formas de ser en lo físico y en las
conductas son algo respetable y digno. Que el concepto de diversidad sexual se
asocia con otros conceptos de la modernidad como el de género sólo cuando
podemos aceptar que somos diferentes y que al mismo tiempo tenemos equivalente
valor social por nuestra humanidad, varones y mujeres podemos aspirar a la
igualdad, ya sea de trato, posibilidades y oportunidades, que todas y todos
necesitamos para alcanzar una vida plena. Que a lo largo de la historia, tanto
el desarrollo de la propia sociedad, como las migraciones y las políticas de
estado han provocado la transformación de sus costumbres, evidenciando que la
sexualidad es una construcción cultural que crea géneros y roles/sexo genéricos,
sujetos a transformación. Que a raíz de lo expuesto en el párrafo anterior, en
nuestras sociedades operan diferentes formas de discriminación hacia colectivos
particulares, las cuales muchas veces se expresan en violencia en sus diferentes
formas. Que esa discriminación, basada en prejuicios e ignorancia, requiere
acciones de parte del Estado en el sentido de visibilizar las diferencias para
construir una sociedad plural y diversa. Que esas acciones, obligación
irrenunciable del Estado, deben permitir a los ciudadanos apropiarse de las
diferencias como forma de alcanzar una toma de conciencia por parte de la
sociedad sobre la importancia del respeto hacia la diversidad en que vivimos.
Que la ciudad de Rosario ha sido pionera en ese sentido y prueba de ello es, sin
más, la Comisión de Derechos Humanos de este Concejo Municipal que junto al
Consejo Asesor y la Oficina de Derechos Humanos dependiente de la Municipalidad
de Rosario, vienen trabajando fuertemente en ese sentido. Que Rosario es una de las primeras
ciudades en adherir al Plan Nacional contra la Discriminación, (Decreto del PEN
No 1.086105) a través del Decreto Municipal 27.298 y una Resolución aprobados el
30 de marzo pasado y puede exhibir también legislación moderna en este sentido
como es la Ordenanza
No 6321 modificada en diciembre último, en la cual se establece
que "En la ciudad de Rosario se reconoce y garantiza el derecho a ser diferente,
no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con
pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad,
religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición
psico-física, social, económica o cualquier circunstancia que implique
distinción, exclusión, restricción o menoscabo". Que una de las causas más
recurrentes por las que opera la discriminación es la producida hacia personas
de orientación sexual o identidad sexual diferente. Esto es a personas de
la comunidad
GLTTTBI (gay, lésbica, travesti, transexual, transgénero,
bisexual, intersexual).Que la diversidad de orientaciones sexuales e identidades
sexuales cuentan con un movimiento local organizado. Vox Asociación Civil es un
referente nacional e internacional por la legislación promovida desde este
Concejo Municipal y forma parte del Consejo Asesor de la Comisión de Derechos
Humanos.
En tal
sentido durante los años 2005 y 2006 se realizaron sendos Encuentros Nacionales
y del Merco Sur de Organizaciones GLTTTBI, que han convocado a más de treinta
organizaciones argentinas, paraguayas, uruguayas, brasileñas y chilenas para
debatir sobre la temática específica. Que el 5" Encuentro de Organizaciones
GLTTTBI, organizado por Vox, A.C. fue declarado de interés municipal por Decreto
No 27.275 del 23 de marzo del presente año. Que el día Internacional del Orgullo
Gay/Lésbico/Travesti (28 de junio) implica un acto de visibilidad importante y
necesario para que la sociedad toda se haga eco de las diferentes problemáticas
que vive en la actualidad la comunidad GLTTTBI y sus
reivindicaciones hacia un trato igualitario con los mismos derechos civiles y
sociales que la mayoría heterosexual. Que el 28 de junio de 1969, en Nueva York,
la policía entra al pub Stonewal, frecuentado por público GLT, y en una redada
con el pretexto de que el lugar no contaba con habilitación para la venta de
alcohol, desató una gran movilización y situación de resistencia por parte de
la diversidad
GLT, dando así lugar a la organización de este Movimiento. Que
Rosario en la actualidad es la única ciudad del país en la cual se conmemora el
28 de junio, el Día Internacional del Orgullo Gay/Lésbico/Travesti, fecha en que
esto sucede en todo el mundo. Que algunas ciudades han optado por destinar
espacios públicos para visibilizar la importancia y la vigencia que tiene hoy en
día esa lucha en pos de los derechos humanos y la diversidad sexual. Es así como
memoriales y monumentos han sido instaurados en la ciudad de San Francisco
(Estados Unidos de Norteamérica), el Homomonument en la ciudad de Amstendarm
(Holanda) y el proyectado memorial para los homosexuales perseguidos por el
régimen nazi desde la década del treinta que Diputados alemanes han propuesto
instaurar en la ciudad de Berlín (Alemania). Que el antecedente más cercano y
reciente es la llamada "Plaza de la Diversidad Sexual" que
fuera inaugurada el 2 de febrero de 2005 en la ciudad uruguaya de Montevideo. La
Plaza de la Diversidad se ha convertido en el primer espacio público en
Latinoamérica que rinde tributo al respeto a la diferencia y constituye un
avance fundamental en la lucha por lo derechos de las minorías sexuales. Que en
la actualidad la
República Argentina no cuenta con un espacio de estas
características. Que la asignación de un espacio para el reconocimiento y
valorización de la diversidad sexual constituye un correlato lógico con la
legislación local que consagra la igualdad de trato y oportunidades para todas y
todos sus habitantes, y tiene su principio en el respeto a la libre
determinación y a la construcción de una sociedad cada vez más inclusiva, justa,
solidaria y plural establecido en Declaraciones, Convenciones y Tratados
Internacionales incorporados a nuestra legislación con rango constitucional en
la Reforma de 1994".
La Comisión
ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para
su aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo
lº.-Desígnase con el nombre
de "Paseo de la Diversidad" al Sector público ubicado junto a la zona de
barrancas, frente al edificio de la Isla de los Inventos, calle Schifher de por
medio, entre la calle Cortázar y la prolongación teórica de calle
Paraguay.
Art. 2º.-
El Departamento Ejecutivo
dispondrá las mejoras necesarias a los efectos de destacar el Paseo designado en
el artículo lo de la
presente. Se encomienda colocar, en un lugar visible a
determinar, un soporte para una placa.
Art. 3º.-
Comuníquese a la Intendencia con sus
considerandos, publíquese y agréguese al D.M.
Sala de
Sesiones, 6 de julio de 2006.-